La aplicación del principio de precaución en el sector energético nuclear. La dialéctica entre garantía de suministro y riesgo

AutorMiguel Ángel Guirado Espinosa
CargoDoctorando en Derecho, Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-43
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. VI Núm. 1 (2015): 1 43
-Estudi-
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LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN EN EL SECTOR
ENERGÉTICO NUCLEAR. LA DIALÉCTICA ENTRE GARANTÍA DE
SUMINISTRO Y RIESGO
MIGUEL ÁNGEL GUIRADO ESPINOSA
Doctorando en Derecho
Universitat Rovira i Virgili
mguiradoespinosa@gmail.com
Recibido: 26 de febrero de 2015 / Aceptado: 23 de marzo de 2015
RESUMEN: El dilema entre el desarrollo tecnológico y la admisibilidad del riesgo
asociado tiene como ejemplo paradigmático a la industria energética nuclear. En la
actualidad, este dilema se ha fortalecido debido, por una parte, al accidente de
Fukushima de 2011 -que volvió a evidenciar el riesgo asociado a la industria energética
nuclear- y, por otra, a la apreciación de la energía nuclear como alternativa energética a
los hidrocarburos, en correspondencia con la lucha contra los gases de efecto
invernadero. Asimismo, el dilema para los Estados que hacen uso de la energía nuclear
se evidencia también en el aspecto estratégico de una energía que garantiza la seguridad
del suministro eléctrico. En este trabajo se ha analizado esta dialéctica tomando como
instrumento jurídico el principio de precaución, por cuanto que permite valorar la
admisibilidad del riesgo indeterminado tanto en sus probabilidades como en sus
consecuencias. En última instancia se ha analizado también la legitimidad de la decisión
final sobre la admisibilidad del riesgo, en contraposición a la decisión basada
únicamente en la valoración de los expertos.
RESUM: El dilema entre el desenvolupament tecnològic i l’admissibilitat del risc que
se li associa com a exemple paradigmàtic la indústria energètica nuclear.
Actualment, aquest dilema s’ha intensificat a causa, d’una banda, de l’accident de
Fukushima de 2011 —que va tornar a evidenciar el risc associat a la industria energètica
nuclear— i, de l’altra, a l’apreciació de l’energia nuclear com alternativa energètica als
M.A. Guirado Espinosa RCDA Vol. VI Núm. 1 (2015)
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hidrocarburs, en correspondència amb la lluita contra els gasos d’efecte hivernacle. Així
mateix, el dilema para els estats que fan ús de l’energia nuclear s’evidencia també en
l’aspecte estratègic d’una energia que garanteix la seguretat del subministrament
elèctric. En aquest treball s’ha analitzat aquesta dialèctica, prenent com a instrument
jurídic el principi de precaució, que permet valorar l’admissibilitat del risc indeterminat
tant en les seves probabilitats com en les seves conseqüències. En darrera instància, s’ha
analitzat també la legitimitat de la decisió final sobre l’admissibilitat del risc, en
contraposició a la decisió basada únicament en la valoració dels experts.
ABSTRACT: The nuclear energy industry poses a paradigmatic example for the
dilemma between technological development and the admissibility of the associated
risks. This dilemma is presently reinvigorating, as the 2011 Fukushima accident stressed
once again the associated risks, against persistent perceptions of nuclear energy as a
valuable alternative to fossil energy sources, especially in view of climate change
mitigation. Likewise, states that use nuclear energy also face this dilemma from its
strategic point of view, as an energy source that ensures safety of supply. This article
appraises these dialectics from the point of view of the precautionary principle, as it
allows assessing the admissibility of the undetermined risks in terms of both, their
probability and consequences. Ultimately, this article also elucidates the legitimacy of
the final decision on the admissibility of the risks, as opposed to the decision based only
on the judgment of the experts.
PALABRAS CLAVE: principio de precaución —energía nuclear —riesgo —garantía
de suministro—legitimidad democrática.
PARAULES CLAU: Principi de precaució — Energina nuclear — Risc — Garantia de
subministrament — Legimitat democrática.
KEYWORDS: Precautionary Principle — Nuclear Energy — Risk — Security of
supply — Democratic Legitimacy.
RCDA Vol. VI Núm. 1 (2015) La aplicación del principio de precaución
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SUMARIO: I. Planteamiento inicial. Una breve introducción a la cuestión nuclear. II. Un acercamiento
al principio de precaución. La ponderación entre riesgo y beneficio obtenido. III. La incertidumbre en la
valoración de los riesgos asociados a la generación de electricidad de origen nuclear. La aplicación del
principio de precaución en el sector. 1. La incertidumbre en cuanto a la seguridad de las instalaciones
nucleares. 2. La incertidumbre respecto a la gestión de los residuos nucleares. La afectación a las
generaciones futuras. 3. El problema de la proliferación armamentística nuclear. 4. El coste de la
generación energética nuclear. 5. La aplicación del principio de precaución en la industria energética
nuclear. IV. La dialéctica entre el riesgo y el beneficio. La energía nuclear como garantía de suministro
eléctrico. V. La legitimidad de la decisión final. El peso de la opinión pública. VI. Conclusiones. VII.
Bibliografía.
I. PLANTEAMIENTO INICIAL. UNA BREVE INTRODUCCIÓN A LA
CUESTIÓN NUCLEAR
El profesor Ulrich BECK, en su célebre obra La sociedad del riesgo: hacia una nueva
modernidad, sugiere lo siguiente:
Cuando el desarrollo tecnológico entra en contradicción con una certidumbre
quizás incluso cuando resulta fundamentalmente tranquilizadora, se le imputa a
la humanidad el insoportable yugo de la infalibilidad. Al aumentar el riesgo,
aumenta la inclinación a someterse a lo infalible de modo que se pierde la propia
capacidad de aprender.1
Podemos extrapolar fielmente esta afirmación a los propios inicios de la industria
energética nuclear. Así, el uso pacífico del potencial nuclear se inicia con la declaración
“Atoms for the Peace”, de 1953, con la que los EE. UU. decidieron, en palabras de Juan
Manuel AYLLÓN, sustituir la “hegemonía militar nuclear” —a la postre igualada por
potencias como la URSS y Reino Unido— por la “hegemonía comercial”2. Lo cierto es
que el Gobierno estadounidense esperaba sacar ventaja de su nueva tecnología, tanto
para propósitos pacíficos como bélicos3, mediante su venta a otros Estados que pudieran
estar interesados en el uso de energía nuclear de forma pacífica. De este modo nacía la
industria energética nuclear en un ambiente, podríamos decir, de ingenuidad y
esperanza estratégica más que de desconfianza y precaución hacia una tecnología cuyos
efectos en la II Guerra Mundial habían quedado demostrados y cuya opción pacífica se
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
1 BECK, U., La sociedad del riesgo: hacia una nueva modernidad, Paidós, Barcelona, 1998, p. 231.
2 AYLLÓN DÍAZ-GONZÁLEZ, J. M., Derecho Nuclear, Comares, Granada, 1999, p. 17.
3Efectivamente, el desarrollo tecnológico de la industria de la fisión nuclear fue, en principio, para su uso
militar cuyo fin era la fabricación de armamento nuclear. Para un análisis integral de las cuestiones no
solo políticas, económicas y ambientales, sino también éticas y sociales de la energía nuclear, vid.
SHRADER-FRECHETTE, K.S., Energía nuclear y bienestar público, Alianza, Madrid, 1980.

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