4. La aplicabilidad industrial de la invención

AutorMiguel Vidal-Quadras Trias de Bes
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Abogado

4. La aplicabilidad industrial de la invención

A pesar de no constituir propiamente el objeto de nuestro estudio, mencionaremos que el tercer requisito positivo que la legislación impone a las invenciones es el de que éstas sean susceptibles de aplicación industrial. Esta es la última de las condiciones exigidas por el artículo 4 de la Ley de Patentes y se define en el artículo 9 de la misma Ley, en virtud del cual “se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola”. Esta excepción ha sido objeto de un menor estudio por parte de la doctrina, quizás debido a la más baja conflictividad que aparentemente supone la necesidad de que las invenciones resulten industrialmente aplicables. Por otra parte, las oficinas de patentes no incluyen en el examen de las invenciones un apartado específico dedicado a este requisito, siendo habitual analizar el cumplimiento del aspecto relativo a la novedad y, en todo caso, a la actividad inventiva. A continuación analizaremos los rasgos fundamentales de este tercer requisito recogido en nuestra legislación y que se halla positivizado con la misma redacción del Convenio de la Patente Europea.

La necesidad de que la invención deba poder ser explotada es un requisito sentido por la mayoría de las legislaciones de patentes171. Así, la normativa reguladora del derecho de patentes establece este principio no sólo como un requisito para establecer la patentabilidad de la invención, sino como un deber del titular del derecho de exclusiva172. No es pues de extrañar que la invención patentable deba ser “susceptible de aplicación industrial” y que esta exigencia se entienda que concurre “cuando su objeto pueda ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola”173.

La legislación francesa de 1844, así como la de 1968, exigía que la invención tuviera carácter industrial174. En 1978, la modificación legislativa adaptó la normativa a los postulados europeos, exigiendo que la invención que se pretendía patentar tuviera una aplicación industrial. La legislación británica de 1949 exigía una forma de fabricación (a manner of manufacture); en 1977 la nueva ley de patentes introdujo en el Reino Unido la fórmula recogida en derecho europeo. La jurisprudencia alemana tradicionalmente ha optado por exigir una “enseñanza para su aplicación técnica” (Lehre zum technischen Handeln)175...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR