Extracto
Los animales ante el derecho
Los animales, desde un punto de vista jurídico, son objeto de derecho. Tienen la naturaleza de bienes muebles, y dentro de éstos, en cuanto que tienen vida y autonomía propia, son semovientes. Son seres animados, lo que les dota de ciertas singularidades.
Un sector doctrinal considera como inmuebles por destino los animales incluidos en el art. 334,6 del Código Civil, es decir, los que se encuentran en «viveros de animales, palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los haya colocado o los conserve con el propósito de mantenerlos unidos a la finca, y formando parte de ella de un modo permanente»(1), postura que sin embargo no es universalmente admi...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978.
- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Código Civil. - Artículos 6 , 334 , 524 , 1905
- SENTENCIA 147/1993, de 29 de abril, del Pleno del Tribunal constitucional en el Recurso de Inconstitucionalidad 248/1990, promovido por el Gobierno de la Nacion contra determinados preceptos de la Ley de la Diputacion general de la Rioja 5/1989, de 19 de Octubre, del Consejo asesor de Radiotelevision española en dicha comunidad autonoma.
- LEY 5/1995, de 21 de Junio, de Proteccion de los animales utilizados para experimentacion y Para otras finalidades cientificas.
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