Resumen
a) Legislación b) Generalidades c) Requisitos del tipo d) Otras sentencias sobre el tema (art. 257) e) Otras sentencias sobre el tema (art. 258)
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Extracto
Alzamiento de bienes (insolvencias punible).
a) Legislación Artículo 257 1. Será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses: 1.º El que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores. 2. Quien, con el mismo fin, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación. 2. Lo dispuesto en el presente artículo será de aplicación cualquiera que sea la naturaleza u origen de la obligación o deuda cuya satisfacción o pago se intente eludir, incluidos los derechos económicos de los trabajadores, y con independencia de que el acreedor sea un particular o cualquier persona jurídica, pública o privada. 3. Este delito será perseguido aun cuando tras su comisión se iniciara una ejecución concursal. Artículo 258 El responsable de cu...
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Documentos citados
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
- Constitución Española de 1978.
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 8 , 257 , 258
- Código Civil. - Artículos 1088 , 1255 , 1366
- Real Decreto de 3 de febrero de 1881, de promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil. - Artículo 385
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