Altos cargos. Encuadramiento en la Seguridad Social. (Esquema)

AutorVicente Conde Martín de Hijas
Cargo del AutorMagistrado - Tribunal Constitucional
PáginasVLEX
  1. PLANTEAMIENTO GENERAL

    - Referencia inicial a la excesiva amplitud del concepto de altos cargos laborales, concretando que desde el análisis del encuadramiento en la Seguridad Social, bajo esa idea, se engloban dos conceptos distintos, alusivos, respectivamente, a los altos directivos, sometidos a relación laboral especial, y los Administradores de empresas.

    - Concreción complementaria de que el problema que suscita el encuadramiento de los administradores lo es en relación con las sociedades capitalistas, debiendo, pues, fijar en ellos el ámbito de las reflexiones ulteriores.

    - Referencia muy global a la situación inmediatamente anterior a la Ley 66/1997, y al hecho de que ésta plantea una solución distinta, preñada a su vez de un problematismo propio, que deberá ser el objeto fundamental del análisis.

    - Brevísima alusión al problema del encuadramiento de los altos directivos en la situación anterior a la Ley 66/1997.

    - Inexistencia del problema: Inclusión en el RG Art. 97.2 a de la LGSS 1994.

    - Supuestos de concurrencia con otras situaciones: Solución jurisprudencial:

    - Con la administración social: Incompatibilidad y preferencia de la administración social.

    - Con la condición de socio: Compatibilidad, solo supuestos excepcionales en que se pierde la idea de ajenidad por el volumen de participación.

  2. EL PROBLEMA DEL ENCUADRAMIENTO DE LOS ADMINISTRADORES DE EMPRESAS CAPITALISTAS

    - Alusión muy genérica a su tratamiento jurisprudencial:

    - Jurisprudencia anterior a la LET:

    - Meros consejeros: Exclusión de la SS.

    - Administradores activos: Inclusión en el RG ex Art. 62.1 LGSS.

    - Alteración de los términos del problema desde la publicación de la LET, y su reflejo jurisprudencial:

    - Diferentes etapas en la Sala de lo Contencioso:

    - Jurisprudencia anterior a 1991.

    - Cambio en 1991: la idea de la índole del vínculo.

    - Cambio de criterio de la Sala de lo Social desde la STS de 4 de junio del 96:

    - Concreción de las líneas claves de ese cambio de criterio:

    - Inclusión en el RGSS.

    - Exclusión del RETA.

    - Explicación desde criterios propios de los términos del problema y de su solución en la LGSS de 1974.

  3. LAS NUEVAS NORMAS DE LA LEY 66/1997

    1) Advertencia preliminar de que aunque el objeto de la conferencia sean los altos cargos, y las normas en su regulación excedan de la situación de éstos, resulta más oportuno estudiar las normas en su conjunto para no romper su básica unidad, aunque se concrete en su momento la situación de estos altos cargos.

    2) Comentario general de la cuadragésimotercera:

    1. Su título: especial transcendencia como elemento interpretativo: Alude de modo global al encuadramiento de los sujetos a que se refiere en el sistema de la Seguridad Social:

      - Carácter plenario de esa regulación, e inconveniencia de que el encuadramiento en el sistema pueda resultar de la aplicación de esas normas y de la aplicación de otras del mismo:

      - Especial transcendencia de esta observación en el problema de las posibles duplicidades de inclusión, que pudieran resultar de determinadas interpretaciones de los preceptos, ante ciertos defectos de coordinación de los mismos.

    2. ...

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