El síndrome de alienación parental (S.A.P.): interferencias en las relaciones filiales

AutorJosé Manuel Aguilar Cuenca
Cargo del AutorPsicólogo
Páginas71-93

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Introducción

La Ley ha sido, a lo largo de la historia del ser humano, una expresión del poder del momento. El poder organiza la vida de los ciudadanos a través de ella, regulando qué, cómo y cuándo se pueden llevar a cabo aquellos comportamientos humanos cotidianos que la naturaleza había permitido sobrevivir, al considerarlos una ventaja evolutiva para la pervivencia de la especie.

Con el transcurrir del tiempo, desde los primeros procedimientos de investigación forense, que según algunos escritos podemos retrotraer a los métodos usados por Ti Yen Chieh en la China del Siglo VII, hasta hoy en día, la Ley ha aceptado la imposibilidad de aprehender todos los hechos humanos, recurriendo a técnicos que le ayudasen a comprender, que le prestan los anteojos para alcanzar a ver más allá de sus ordenamientos y códigos. De este modo, la responsabilidad de estos técnicos ha sido la de desmenuzar los hechos y productos humanos en elementos comprensibles y, una vez definidos, incardinarlos en los textos legales, con intención de que el representante designado cumpla y haga cumplir la Ley.

El paso del tiempo ha incorporado un segundo factor al que la Ley no se ha visto ajeno. Los hechos y productos humanos son cada vez más complejos y nuestra sociedad es cada vez más plural, complicando con ello las explicaciones que hasta el momento eran útiles, haciendo que muchas de ellas se tornen poco prácticas, desfasadas y, en algunos casos, del todo falsas. Esta complejidad, sumado al cada vez más fino análisis que alcanzamos los técnicos, pertrechados de teorías y artefactos, hace necesario un esfuerzo mayor en la dirección de explicar los hechos interesados, con una innegable Page 72 necesidad de permanente actualización, si no queremos correr el riesgo de, no sólo no entender el mundo en que vivimos y, por tanto, actuar sobre el, sino de cometer severos errores de criterio.

La familia no ha muerto

En contra de muchas voces agoreras, el divorcio no ha acabado con la familia. Con más de veinte años de experiencia a nuestras espaldas, ya podemos dar por acabado el discurso de aquellos que consideraron que el divorcio destruiría los cimientos de nuestra sociedad, acarreando severas consecuencias a los hijos afectados. Aún así, hoy en día, muchos siguen considerando que la ruptura matrimonial representa la destrucción de las familias. Con las separación, el núcleo familiar se desintegra, siendo el primer síntoma la desmembración, seguida de una pérdida afectiva y ausencia de contacto. Por tanto, la ruptura matrimonial sería el fin de la familia y, en la medida que exista una mayor tasa de divorcio, más debilitada estaría la institución familiar (Ruiz1, 1999).

En la actualidad se abre camino la idea de que el divorcio es el fin de la relación, pero no el fin de la familia, representando una nueva forma de organización, dentro de un marco de relaciones diferencial, entre los miembros que la componen (Arditti & Keith2, 1993). La presencia, cada vez mayor, de diversos sistemas familiares (monoparentales, homoparentales, familias horizontales, etc...), que adoptan formas distintas para responder a la diversidad de realidades sociales, es el segundo factor relevante en el panorama actual de la familia. En mi opinión, esto no es sino una muestra de la flexibilidad de la institución para responder de modo adaptativo a los cambios que la sociedad marca. Desde este punto de vista, la familia sería un sistema de organización tan poderoso que su futuro está del todo asegurado.

Si buscamos la familia hacia principios del siglo XX podemos encontrarnos a la familia extensa, en la que varias generaciones convivían bajo el Page 73 mismo techo. De esta suerte abuelos, hijos, nietos, e incluso biznietos o tataranietos, mantenían un estrecho vínculo sostenido sobre la interacción diaria. Durante la primera mitad del siglo fue conformándose el paso siguiente, en la dirección de la segregación y la búsqueda de intimidad de la familia nuclear, compuesta por la pareja y sus hijos. Es a finales del pasado siglo, y con mayor actualidad en el presente, cuando surge un nuevo concepto de familia cuya principal característica es la diversificación de su forma. De este modo la familia monoparental, la familia sin lazos de consanguinidad -padres y madres adoptivas o con hijos fruto de la inseminación artificial-, la familia con progenitores de un sólo sexo o las familias cuyos hijos tienen un único progenitor consanguíneo, son una realidad abrumadora y, hoy por hoy, con tendencia a convertirse en predominante en nuestra sociedad. Si volvemos a la preocupación inicial, la supuesta desaparición de la familia no es tal.

A principios del siglo XXI la familia es una realidad fundamental, sustentadora, de la organización social humana, cuya diversificación no es sino la lucha por la adaptación a la pluralidad de circunstancias que las relaciones humanas, el cambio en los valores económicos, sociales, culturales y religiosos, generan. Aún más, en el principio de siglo la familia se está mostrando como uno de los elementos con mayor vigor, cuya capacidad de adaptar la realidad social a su propia esencia y naturaleza es tan pujante que es capaz de elaborar una forma a cada necesidad o escenario (Aguilar3, 2006).

Formas de relación en la familia que se divorcia

Aún todo lo anterior, el divorcio sí trae nuevas formas de relación entre sus miembros, tanto antes, como durante y después de su aparición. En los últimos años hemos asistido al surgimiento de multitud de normas legales que han venido a afectar estos tres momentos, transformando el marco y las consecuencias que las conductas humanas llevan consigo. La reforma del Código Penal llevada a cabo por la LO 15/03; la LO 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; y la Ley 15/2005, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en mate- Page 74 ria de separación y divorcio, son algunos ejemplos de ellas. Esta nueva realidad jurídicosocial ha venido a hacer más complejo el trabajo de los operadores jurídicos, entre los que incluyo la labor de los peritos psicólogos.

Una relación familiar sana implica la existencia de responsabilidades diferenciadas que, en su actuación conjunta, cubren las necesidades de ese grupo de funcionamiento humano. También implica relaciones que, aún siendo asimétricas (padre-hijo), comparten un sustrato de respeto, afecto y entendimiento. Cuando estas circunstancias se quiebran surgen una realidad familiar enferma, en donde los sujetos implicados entran en una confrontación que se expresa de modo abierto y, sin que en muchas ocasiones los profesionales lo perciban, soterrado.

Un ejemplo de lo anterior son los procesos de triangulación, es decir, las relaciones que se pueden establecer entre los miembros de la unidad familiar. En las familias que se encuentran en proceso de divorcio es habitual encontrarse que uno de los progenitores se coaligue con uno o varios de sus hijos, para enfrentarse al otro progenitor. Esto suele arrancar antes del hecho legal del divorcio, ubicándose en el proceso previo de la toma de decisiones del progenitor que adopta la iniciativa de plantear el divorcio, obligando a los hijos a tomar partido por una de las partes, lo que provoca el aumento progresivo de su resentimiento hacia el otro, hasta que terminan culpándolo de la causa del mismo. Habitualmente está implicado lo que los psicólogos llamamos un conflicto de lealtades, que podemos describir como el proceso por el cual la lealtad hacia uno de los progenitores implica la deslealtad hacia el otro (Borszomengy-Nagy4, 1973). Los menores sufren el dolor de verse empujados a tener que posicionarse, precisamente por aquellos que más debieran salvaguardar su integridad, sin embargo, esta es una realidad más frecuente de lo que nos creemos. Page 75

El Síndrome de Alineación Parental (SAP) es un trastorno caracterizado por el conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un pro- Page 76 genitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor, hasta hacerla contradictoria con lo que debería esperarse de su condición. Esta situación está directamente relacionada con los procesos de separación contenciosa o aquellos que, iniciandose de mutuo acuerdo, han derivado en una situación conflictiva (Aguilar5, 2004).

El primer autor que definió el SAP fue Richard Gardner (1985), Profesor de Psiquiatría Clínica del Departamento de Psiquiatría Infantil de la Universidad de Columbia, en un artículo titulado "Tendencias recientes en el divorcio y la litigación por la custodia"6. En una revisión histórica de este síndrome podemos descubrir que esta problemática ha sido descrita por distintas vías, de modo incluso paralelo y sin contacto, por diversos autores que, partiendo cada uno de su experiencia profesional, en mi opinión han dado distintos nombres al mismo fenómeno. Por un lado Wallerstein7(1980) en California y Jacobs8 (1988) en Nueva York, publicaron informes sobre casos de lo que llamaron el Síndrome de Medea - el Síndrome de Medea se inicia con el matrimonio en crisis y la separación subsiguiente, y describe...

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