Requisitos para la admisibilidad procesal de las tercerías

Revista de Derecho vLexNúm. 68, Mayo 2009Sumario

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Podemos señalar como requisitos indispensables para la admisión de la tercería de dominio los siguientes: a) Pendencia de un proceso de ejecución...

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Requisitos para la admisibilidad procesal de las tercerías

Podemos señalar como requisitos indispensables para la admisión de la tercería de dominio los siguientes:

a) Pendencia de un proceso de ejecución: la tercería de dominio constituye un incidente en aquel principal del cual deriva la orden judicial de traba de los bienes del tercerista.

b) Que se halla ordenado el embargo de bienes o derechos del ejecutado, cuando en realidad algún o algunos de ellos pertenecen a un tercero, lo que justifica la necesidad de la interposición de la tercería de dominio para sustraer dichos bienes de aquella ejecución. Conforme el art. 595.1 LEC el cual dispone: «Po­drá interponerse tercería de dominio, en forma de demanda, quien, sin ser parte en la ejecución, afirme ser dueño de un bien embargado como perteneciente al ejecutado y que no ha adquirido de éste una vez trabado el embargo».

c) La regla básica es de que el Tribunal no puede tonar decisiones sin una base de apoyo respecto de lo solicitado por el ejecutante así, en el art. 593.1 se pone de manifiesto que el Tribunal no necesita realizar investigaciones para ordenar un embargo, pero que ha de tener en cuenta los indicios y signos externos de que pueda deducirse la titularidad de los bienes. En tal sentido, la Ley otorga al Tribunal facultades amplias, que para fundamentar sus decisiones pueda hacer valer sus percepciones personales y di...

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