Comentario al Artículo 12 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre la Competencia

Abogados Público y Administrativo

Resumen


Desconcentración de la competencia. Derecho Transitorio. Solicitud para actividad federada. Discernimiento del órgano competente.

Original


Artículo 12. Competencia.

1. La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegaci...

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Extracto


Comentario al Artículo 12 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre la Competencia

La irrenunciabilidad de la competencia se funda en el orden personal, en la necesidad de fijar en determinados rangos funcionariales o cargos públicos, la responsabilidad distribuida legalmente. Del punto de vista funcional de la Administración, para que no se ent...

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