Resumen
Desconcentración de la competencia. Derecho Transitorio. Solicitud para actividad federada. Discernimiento del órgano competente.
Original
Artículo 12. Competencia.
1. La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegaci...Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Comentario al Artículo 12 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre la Competencia
La irrenunciabilidad de la competencia se funda en el orden personal, en la necesidad de fijar en determinados rangos funcionariales o cargos públicos, la responsabilidad distribuida legalmente. Del punto de vista funcional de la Administración, para que no se ent...
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