Introducción

AutorVictoriano Gallego Arce
Páginas25-34

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I Cuestiones generales

La actividad informativa –en perspectiva jurídica– constituye una fuente inagotable de re?exiones de todo tipo por la abundante jurisprudencia y por los trabajos de investigación que versan sobre su evolución técnica, sobre los pilares éticos y deontológicos que debe sostenerla y, con sobrada frecuencia, sobre los modos, recursos o mecanismos de regulación que pueden establecerse sobre aquella actividad.

Estos sempiternos intentos de búsqueda de un marco normativo adecuado, amén de ir acompañados de agria polémica, no están alejados de la idea innata de que los medios de comunicación social facilitan –cuando no otorgan– un poder excepcional a quienes los controlan. Una cuestión que parece intensi?carse si además nos centramos en la concreta temática de las situaciones en las que la violencia se hace más intensa y más extrema, donde la información sobre la guerra y atentados terroristas no deja indiferente a ningún ser humano, porque nadie puede sustraerse a estos acontecimientos tan desastrosos y trascendentales que acompañan al hombre desde siempre, y donde la cobertura informativa y el ejercicio del preciado derecho a recibir información o el ejercicio de la libertad de expresión siempre han compartido espacios estrechos con la exaltación, la provocación y la propaganda.

Cada noticia sobre los con?ictos violentos es una noticia que afecta a los seres humanos, a la vida y al proyecto de vida de muchas personas. Por eso creemos necesario transmitir a través de esta modesta y respetuosa obra, que la prudencia, la cautela y la necesidad de conocer y aplicar el instituto del

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secreto, de acuerdo con su normativa reguladora, con la amplitud, el alcance y los límites que la propia ley establece, es garantía también de seguridad y de paz. Sin olvidar que el propio ordenamiento dispone del mecanismo de la desclasi?cación para cuando la información ya no necesita estar protegida.

Es palmaria, y de común aceptación, la evidencia de que unos medios de comunicación social más responsables no tienen porqué ser menos libres y ello plantea la necesidad –a nuestro juicio– de estudiar con profundidad el establecimiento de mecanismos y procedimientos que, no sólo garanticen la no intromisión del poder, sino además que la libertad informativa se desarrolle dentro de un marco deontológico adecuado, que exista y se mantenga el necesario pluralismo informativo y que se camine en la búsqueda constante de la conciliación entre la excelencia de la información y la seguridad de los protagonistas, de los destinatarios y de los informados.

Con todo, el presente estudio acoge, en lo primordial, el contenido de la tesis titulada “Verdad, veracidad y verosimilitud informativa versus seguridad del Estado en España”, dirigida por el profesor Dr. D. Emilio MIKUNDA FRANCO, desarrollada por este autor en el Departamento de Filosofía del Derecho de la Universidad de Sevilla y defendida el día 10 de febrero de 2012.

Este trabajo de investigación abordó el estudio de la problemática jurídica suscitada por la actividad informativa en aquellas situaciones en las que, de un modo u otro, resultada afectada la seguridad nacional. Unas situaciones en las que determinados derechos fundamentales o determinados conceptos jurídicos reivindican la e?caz protección del Derecho, buscando la armonía y la concordancia entre todos los bienes jurídicos afectados. Analizando además, con la permanente referencia en el superior valor de la paz, las posibles consecuencias de una retroalimentación de la con?ictividad extrema motivada por los desencuentros o desajustes que pueden producirse entre los principios que están llamados a intervenir en la tarea diaria de informar.

En consecuencia se trata de planteamientos estrictamente jurídicos, aunque, en buena lid, al lector puede parecerle que no siempre nos ciñamos al ámbito propio de la Filosofía del Derecho sino que, con frecuencia observará digresiones hacia el Derecho Constitucional y, por ende, forzosamente hacia el Derecho Administrativo. La ?nalidad de aquellos excursos hacia otras disciplinas jurídicas es formar una paleta amplia de colores con los que conseguir

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el mejor resultado a nuestro propósito, cumpliendo la meta de la interdisciplinariedad (across-the-disciplines) como elemento capital de la investigación contemporánea en todo ámbito del saber.

Tradicionalmente, desde los espacios profesionales del periodismo, se ha considerado que la regulación informativa constituye una intromisión ilegítima del Estado y, por lo tanto, un recorte injusti?cado de los derechos y libertades fundamentales que sustentan la actividad de informar. Bien es verdad que el poder estatal, en ciertos casos, ha reaccionado contra la difusión de hechos noticiables poco favorables a sus intereses. En otras palabras, el poder se ha opuesto a la libre información sobre determinados acontecimientos o sucesos de la vida social cuando afectaban a la imagen ideal de buen gestor que, el referido órgano de poder, pretendía sostener ante la sociedad. De ahí que la libre difusión de noticias haya sido interpretada, en ocasiones, como una vulnerabilidad para las verdades inmutables del orden social y político. Y en torno a la palabra, escrita o hablada, siempre ha existido, entre los que detentan el poder, un recelo por la posibilidad de un empleo “políticamente incorrecto”, “inoportuno” o “inapropiado” de aquella, y que pueda convertirla en instrumento de delito y...

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