Introducción

AutorRoberto M. Jiménez Cano
Páginas19-31
INTRODUCCIÓN
19
En la conceptualización y defensa de la democracia que
Hans Kelsen elaboró durante la primera mitad del siglo pasado
estableció una serie de vínculos entre las posiciones filosófico-
morales de los individuos y sus preferencias políticas relativas
a la forma de gobierno. En concreto, vinculó la democracia con
el rechazo del absolutismo y del universalismo moral —o, si se
prefiere, con la adopción del relativismo moral—. Por otra par-
te, el concepto de democracia kelseniano, aunque procedimen-
tal, no se desligaba del liberalismo político, en especial del res-
peto hacia unos derechos y libertades. Todo ello lo sostenía un
jurista que en teoría del Derecho se adscribía al positivismo
jurídico.
La posición de Kelsen, aunque paradigmática, no es la úni-
ca que durante el siglo XX y ya en el XXI se ha revelado en un
sentido similar. Esta afirmación no es novedosa, pues ha llega-
do a ser un lugar común en la filosofía jurídica actual estable-
cer una vinculación entre el positivismo jurídico, el relativismo
moral, el liberalismo político y la democracia 1. Sin embargo, el
1 SQUELLA, A., «The Legal Positivism and Democracy in the 20th Cen-
tury», en VV.AA., Konstitutionalismus versus Legalismus? - Constitutionalism
versus Legalism?, Archiv für Recths- und Sozialphilosophie, Steiner, Stuttgart,
1991, pp. 141-142 y 148; TROPER, M., «Le positivisme et les droits de l’Homme»,

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