Artículos doctrinales sobre Declaración de herederos
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- La sucesión intestada, abintestato o legal
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Derecho de representación sucesoria y repudiación. Estudio sobre la operatividad del derecho de representación en el Código civil español, en caso de repudiación del sujeto llamado a una herencia
El ius repraesentationis es figura ideada por el Derecho romano para atender a los intereses de los descendientes del hijo que premuere a su padre, cuando a la muerte de este concurren a su sucesión intestada con otros parientes de grado más próximo al causante, y por tanto en principio con mejor derecho a su herencia. Pero en los últimos tiempos ha extendido su operatividad a otros supuestos:...
- La sucesión intestada
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Capítulo XXI
Sucesión intestada - A) Historia - 1. Derecho Romano - 2. Partidas - 3. Publicación del Código Civil - 4. Leyes posteriores modificativas del Código Civil - 5. La adopción y la sucesión intestada - B) Concepto - C) Caracteres - D) Denominación - Cuándo procede la sucesión intestada - A) Interpretación del número 1 del artículo 912 - 1. Comienza el artículo 912 hablando que la sucesión intestada...
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Panorama general de la sucesión intestada en Derecho común
I. Breve referencia histórica. -II. Concepto y caracteres propios de la sucesión intestada. Fundamento. -III. Naturaleza jurídica. -IV. Diferencias entre la sucesión intestada y los demás tipos de sucesión mortis causa contemplados por el Código civil. 1. Diferencias con la sucesión legitimaria o forzosa. 2. Diferencias con la sucesión testamentaria.
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Auto de declaracion de herederos abintestato. Necesidad de documentacion autentica
Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Melilla a inscribir un auto de declaración de herederos abintestato. (ACM)
- El derecho de representación
- Régimen jurídico de la sucesión intestada en el Código civil español
- El cónyuge heredero legal
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La declaración judicial de herederos ab intestato en acto de jurisdicción voluntaria. Inexcusabilidad del otorgamiento o de la denegación del derecho a los que la hayan pretendido (Auto Audiencia Provincial de Girona, Sección Segunda, de 31 de marzo de 2003)
I. Procedimiento. - II. Disposiciones estudiadas. - III. Doctrina. - IV. Fundamentos de hecho y de derecho. - V. Comentario: - 1. La declaración de herederos ab intestato. Presupuestos. - 2. Marco legal de los procedimientos de declaración de herederos ab intestato - 3. Procedimientos existentes para la declaración de herederos ab intestato. - 4. Referencia a la tramitación del procedimiento...
- Los derechos del cónyuge viudo y la competencia territorial notarial en las declaraciones de herederos ab intestato. Doctrina de las Audiencias Provinciales
- Fundamento filosófico - jurídico de la sucesión intestada
- En la sucesión intestada
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El derecho de representación
Concepto. Presupuestos. Efectos. En la sucesión forzosa y en la testada.
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Resolución de 16 de noviembre de 1999
Supuesta denegación de funciones al posponer el notario la declaración de notoriedad (Acta de Declaración de Herederos AbIntestato)a la práctica de determinadas pruebas complementarias. Recurso ordinario y de queja desestimado.
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Artículos 912 a 914
Capítulo III DE LA SUCESIÓN INTESTADA * Sección primera DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 912 La sucesión legítima tiene lugar: 1.° Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido después su validez. 2.° Cuando el testamento no contiene institución de heredero en todo o en parte de los bienes, o no dispone de todos los que corresponden al testador. En...
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Artículos 915 a 923
I. El parentesco en el Código civil y su proyección en materia sucesoria: 1. Sentido de la regulación en el texto originario. 2. Las rectificaciones posteriores en la consideración del parentesco y su eficacia.-II. La determinación del parentesco y su cómputo: 1. Elementos que lo determinan. 2. El grado de parentesco. 3. El concepto de línea y sus clases. 4. El cómputo del parentesco. 5. El...
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Artículos 924, 925, 928 y 929
Sección Tercera DE LA REPRESENTACIÓN (233 *) ARTICULO 924 Llámase derecho de representación el que tienen los parientes de una persona para sucederle en todos los derechos que tendría si viviera o hubiera podido heredar (234). ARTICULO 925 El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente. En la línea colateral sólo tendrá...
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Resolución de 27 de febrero de 2002, resolviendo consulta formulada por don José Amérigo Cruz, Notario de Madrid, sobre la exigencia, a las actas de notoriedad para la declaración de herederos abintestato, de la prueba documental prevista en el número 4 del artículo 209 bis del Reglamento Notarial
Resolución. En la consulta formulada por Don José Amérigo Cruz Notario de Madrid sobre la exigencia de la prueba documental, prevista en el número 4 del artículo 209 bis del Reglamento Notarial, a las actas de notoriedad para la declaración de herederos abintestato. ANTECEDENTES DE HECHO 1. Don José Amérigo Cruz Notario de Madrid, el 12 de enero de 2001, elevó consulta a través de la Junta...
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Resolución 9 de febrero 1995
El notario es competente para autorizar un acta de declaración de herederos abintestato en favor de cónyuge, descendientes o ascendientes, sea cual sea la fecha de la muerte del causante.
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Artículos 926 y 927
I. Significado y sentido general de la disposición contenida en el artículo 926. Las distintas formas de distribuir la herencia.-II. La distribución por estirpes como efecto propio de la representación sucesoria. Fundamento y finalidad.-III. La distribución de la herencia, tratándose de derecho de representación de los colaterales.
- La declaración judicial de herederos abintestato en cuanto a la legítima vidual del cónyuge sobreviviente.