Derecho de la función pública: régimen jurídico de los funcionarios públicos

Editorial:
Dykinson
Fecha publicación:
2003-02-27
Autores:

(Magistrado de lo contencioso-administrativo)
ISBN:
849772092X

Descripción:

PRÓLOGO A LA SEXTA EDICIÓN

Cada vez que se asume el reto de escribir un nuevo prólogo a modo de presentación de cada nueva edición de este Derecho de la Función Pública el sentimiento es doble. Por un lado, el de la enorme gratitud a quienes desde hace ya algunos años vienen utilizando este libro como elemento de estudio de la función pública española y, por otro, la sensación, cada vez más consolidada de que no hay grandes cambios en el panorama legislativo que justifiquen una edición adaptativa.

En este sentido es necesario indicar que transcurre el tiempo y parece que nada cambia en la función pública española. Los aires de reforma inminente han dejado paso a la reforma pendiente que, por otro lado, es la tónica la vida pública española desde la publicación de la Constitución Española de 1978. La atonía reformista, la falta de impulso y el estancamiento justifican que la pregunta de hoy sea la del principio ¿es o no necesario un nuevo marco jurídico del empleo público en España?

Durante bastante tiempo en los ambientes profesionales y académicos había cundido y se había acuñado la idea de que el cambio era imprescindible porque el modelo podía considerarse ciertamente acabado. El transcurso del tiempo y la atonía reformista es obvio que no han convalidado los problemas hasta el punto de sanar las deficiencias pero si parece que han introducido un punto de reflexión sobre el modelo pretendido y, más concretamente, sobre el mode- lo de relaciones laborales y sociales sobre el que se había sustentado el mismo.

No cabe negar que en el debate y por ende en la viabilidad del modelo ha terciado de una forma definitiva la polémica sobre el alcance de la negociación de la colectiva como consecuencia de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 7 de noviembre de 2000.

La amplia polémica que la misma ha suscitado en la sociedad en general, en los partidos políticos, en particular y en los responsables de impulsar el cambio de una forma específica al considerar éstos que el fuerte sesgo incrementalista de la negociación colectiva era radicalmente opuesto a la postura mantenida ante una sentencia, que con independencia de la posición que se mantenga sobre la corrección jurídica de la misma, es lo cierto que ha tenido la virtud de anticipar un debate sobre la corrección formal de un modelo como es el plasmado en el PEBFP.

Una vez más lo curioso del debate es que los miedos y los problemas derivados de la interpretación judicial no han dado origen al predominio de las convicciones sino que literalmente han sido los pretextos para diferir la propia reforma por falta de consistencia estructural del modelo propuesto o, al menos, por falta de seguridad en el que mismo solucione los problemas propuestos y, eventualmente, no acabe siendo el cauce de provocación de otros nuevos de mayor entidad.

En este estado de cosas y con las líneas fundamentales en duda la reforma del régimen jurídico se produce como ha sido tradicional en estos años, esto es, de forma puntual y sin contexto global. Los problemas son los mismos y las soluciones las del momento. Precisamente la reforma de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 2001 es, sin lugar a dudas, una muestra. Su importancia y su alcance rebasan las producidas en los últimos años y su debate social, su impugnación o su admisibilidad apenas han merecido debate alguno.

Los puristas del sistema no han salido esta vez a indicar que la reforma afecta a uno de los elementos esenciales del empleo público y que cuestionan seriamente el derecho al cargo. O la reforma ha pasado desapercibida o todos se van dando cuenta que la movilidad funcional de los empleados públicos es un reto de eficacia ineludible.

De esta forma los avances se intercalan y esparcen sin un hilo conductor general y con el simple (y a veces muy loable propósito) de arreglar algunos problemas donde no es posible arreglar todos. El sistema se mantiene así en sus postulados esenciales: falta de modelo, fragmentación, soluciones parciales, etc.

En este contexto esta sexta edición trata de mantenerse en la línea que proyecta el régimen jurídico del empleo público: continuidad y reformas parciales. Así se han modificado los diferentes capítulos para recoger los cambios normativos y, en la medida de lo posible, la evolución real que nace de la aplicación jurisprudencial que, con el paso del tiempo, va generando un esquema de exigencias y condiciones respecto de cada uno de los temas tratados.

Esta adaptación puntual permite mantenerse en el conocimiento de la situación real y es, se supone, el paso previo a la realización de una reforma global que puede ser la que se aborde en las ediciones futuras y con la que dar soluciones generales a los problemas organizativos que el empleo público tiene planteados en este momento como simple trasunto de los que, en general, se plantean en la organización administrativa y en la Administración Pública de nuestros días que claramente esta necesitada de encontrar en un modelo uno de cuyos pilares esenciales debe ser el modelo de empleo público.

Madrid. Septiembre. 2001

por Alberto Palomar Olmeda (Doctor en Derecho. Magistrado de lo contencioso-administrativo)
Editorial Dykinson, 2003

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR